El Juzgado de lo Penal número 3 de Jerez de la Frontera, en Cádiz, ha dictado una sentencia condenatoria de dos años y un mes de cárcel contra Ramón J.S., conocido artísticamente como Diego ‘El Cigala’. Esta decisión se fundamenta en los malos tratos infligidos a su exmujer, según lo estipulado en el fallo judicial notificado a las partes involucradas. Cabe destacar que esta sentencia no es definitiva y puede ser objeto de apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz.
La magistrada ha determinado que el acusado cometió un primer delito de malos tratos en el contexto de la violencia sobre la mujer, relacionado con una agresión ocurrida en un hotel de Jerez. Por este hecho, se le impone una pena de seis meses de prisión, además de la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante dos años. Asimismo, se le condena por otro delito similar ocurrido en un hotel de Palafrugell (Girona), lo que conlleva una pena adicional de ocho meses y las mismas restricciones.
Detalles del fallo judicial
La jueza también ha considerado un delito agravado por otra agresión sufrida por la víctima en su hogar en Jerez, estableciendo una pena de once meses y manteniendo las restricciones mencionadas. Además, se le ha impuesto una sanción por un delito leve y continuado de vejaciones en el ámbito doméstico, que incluye 25 días de localización permanente en un domicilio diferente al de la víctima y prohibiciones similares por seis meses.
Durante el juicio celebrado el pasado 7 de noviembre, el tribunal absolvió al acusado del cargo relacionado con un episodio ocurrido en el aeropuerto de Punta Cana. En este caso, no se consideró probado que él hubiera agredido a la mujer mientras ella sostenía a su hijo.
Contexto familiar y situaciones denunciadas
La magistrada ha mantenido vigentes las medidas cautelares acordadas previamente para proteger a la denunciante. En cuanto a la responsabilidad civil solicitada por la acusación particular, que pedía una indemnización de 3.000 euros, no se emitió pronunciamiento alguno debido a los informes periciales que indicaron que la denunciante “no presenta sintomatología psicológica”. La jueza subrayó que solo pueden valorarse indemnizaciones por secuelas psicológicas específicas.
En su análisis, la magistrada expone que Ramón J.S. inició una relación sentimental con la víctima en 2014, durante la cual tuvieron dos hijos. Se destaca que durante su convivencia en República Dominicana, ella dependía económicamente del acusado y carecía de cuentas bancarias propias. A medida que avanzaba la relación, surgieron tensiones y discusiones frecuentes.
Incidentes violentos documentados
Un episodio relevante ocurrió durante el verano de 2017 en un hotel en Jerez, donde tras una discusión acalorada, el acusado agredió físicamente a la víctima dándole una bofetada. Otro incidente tuvo lugar después de un concierto en Palafrugell en julio de 2019; allí se produjo una confrontación verbal seguida por empujones y golpes propinados por el condenado.
A pesar del testimonio contundente presentado por la víctima, quien fue considerada como “clara, congruente y coherente” por parte del tribunal, no se aceptó completamente su versión respecto a una relación asimétrica marcada por dominación. La jueza enfatizó las dificultades inherentes a probar hechos ocurridos dentro del ámbito privado y sin testigos imparciales.
Puntos clave sobre pruebas y presunción de inocencia
A lo largo del juicio, se abordaron las complejidades probatorias derivadas del contexto internacional del acusado y otros factores que podrían influir en los testimonios presentados. La jueza concluyó que solo pueden considerarse acreditados aquellos hechos corroborados por elementos objetivos externos.
Finalmente, resaltó que cualquier duda sobre los hechos debe resolverse aplicando el principio "in dubio pro reo", garantizando así los derechos fundamentales del acusado mientras se analiza cada uno de los incidentes denunciados.
La noticia en cifras
Descripción |
Cifra |
Años de cárcel |
2 años y 1 mes |
Días de localización permanente |
25 días |
Prohibición de aproximarse (metros) |
200 metros |
Pena por delito agravado (meses) |
11 meses |
Preguntas sobre la noticia
¿Quién ha sido condenado por malos tratos en esta noticia?
Ramón J.S., conocido artísticamente como Diego ‘El Cigala’, ha sido condenado a dos años y un mes de cárcel por malos tratos cometidos sobre su exmujer.
¿Cuál fue la sentencia del juzgado?
El Juzgado de lo Penal número 3 de Jerez de la Frontera condenó al acusado a dos años y un mes de prisión, así como a 25 días de localización permanente por un delito leve y continuado de vejaciones en el ámbito doméstico.
¿Por qué se le impusieron penas adicionales?
Se le impusieron penas adicionales debido a varios delitos de malos tratos, incluyendo agresiones físicas ocurridas en diferentes lugares y momentos, así como la agravación por haber ocurrido en presencia de sus hijos.
¿Qué medidas cautelares se mantienen vigentes?
Las medidas cautelares de protección acordadas anteriormente por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Jerez se mantienen vigentes, incluyendo la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros de la víctima.
¿Qué sucedió con la solicitud de indemnización?
No se hizo pronunciamiento alguno en materia de responsabilidad civil respecto a la solicitud de indemnización presentada por la acusación particular, ya que los informes periciales no encontraron sintomatología psicológica en la denunciante.
¿Cómo evaluó la jueza la declaración de la víctima?
La jueza consideró que la declaración de la víctima fue clara, congruente y coherente, y coincidió con lo manifestado en su denuncia y ante otros profesionales involucrados en el caso.