La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha ratificado la condena a tres años de prisión impuesta a Carlos S., excomisario jefe del aeropuerto de Madrid-Barajas, por aceptar dádivas de dos empresarios entre 2010 y 2015. Estos obsequios, tanto en especie como en metálico, fueron recibidos a cambio de otorgar un trato preferente a los clientes y familiares de los empresarios al llegar al aeródromo.
En su fallo, la Sala ha considerado parcialmente el recurso presentado por Carlos S., reconociendo una atenuante simple debido a las dilaciones indebidas en el proceso judicial. Sin embargo, la pena de tres años de cárcel por delito continuado de cohecho pasivo propio se mantiene inalterada, así como una multa adicional de tres meses por cohecho pasivo impropio.
Dádivas valoradas en casi 274.000 euros
La resolución también ordena el decomiso de las dádivas recibidas por Carlos S., que ascienden a un total de 273.915 euros. Estas incluyeron un Porsche Cayenne, el uso durante un año de un Porsche Panamera, dos relojes de lujo, un viaje a Londres y cinco entregas en efectivo que suman 135.000 euros.
Asimismo, el tribunal ha confirmado la condena a tres meses de prisión para Francisco Menéndez Rubio, otro empresario involucrado en este caso, quien fue condenado por cohecho activo. La sentencia le reconoce una atenuante significativa por haber denunciado los hechos ante la Fiscalía Anticorrupción.
Absuelto de otros delitos
A pesar de las condenas, ambos acusados han sido absueltos de los delitos continuados contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y prevaricación administrativa que enfrentaban. En el caso específico del excomisario Carlos S., se le consideraba autor material y a Menéndez como cómplice.
Los magistrados han validado los hechos probados del juicio anterior, donde se establece que entre junio de 2016 y noviembre de 2017, Carlos S. aceptó regalos lujosos bajo diversas circunstancias que implicaban una intención clara de recibir favores para beneficiar a ciertos pasajeros en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas.
El delito se consuma con la aceptación
El tribunal desestimó las alegaciones del abogado defensor sobre la presunción de inocencia, afirmando que quedó demostrado el delito de cohecho pasivo. Se argumentó que las dádivas aceptadas eran significativamente superiores a lo que podría considerarse un regalo amistoso y estaban claramente vinculadas con las fechas en que llegaban los ciudadanos mencionados al aeropuerto.
La defensa había sostenido que no se había probado que Carlos S. hubiera actuado en favor de los oferentes tras recibir sus pagos; sin embargo, la Sala aclaró que para imputar el delito no es necesario demostrar actos concretos contrarios a derecho tras la aceptación del soborno.
Un comportamiento dañino para la administración pública
Los magistrados enfatizaron que Carlos S., al ser jefe del Puesto Fronterizo durante varios años, debía ser consciente del impacto negativo que sus acciones podrían tener sobre la administración pública. La aceptación reiterada de dádivas estaba destinada a lograr un trato privilegiado hacia ciertos individuos, lo cual afecta gravemente la integridad institucional.
A pesar del reconocimiento de dilaciones indebidas simples en el procedimiento judicial, el tribunal decidió mantener la pena original. Se argumentó que esta era ya la mínima posible dada la gravedad del delito y la responsabilidad inherente al cargo desempeñado por Carlos S., quien tuvo acceso a decisiones críticas relacionadas con fronteras y extranjería.
La noticia en cifras
Cifra |
Descripción |
3 años |
Pena de prisión para Carlos S. |
273.915 euros |
Valor total de las dádivas recibidas por Carlos S. |
135.000 euros |
Total en efectivo recibido por Carlos S. |
3 meses |
Pena de prisión para Francisco Menéndez Rubio. |
Preguntas sobre la noticia
¿Qué condena ha confirmado la Audiencia Nacional para el excomisario del aeropuerto de Madrid-Barajas?
La Audiencia Nacional ha confirmado una condena de tres años de prisión para Carlos S., el excomisario jefe del aeropuerto de Madrid-Barajas, por recibir dádivas de empresarios a cambio de dar trato preferente a sus clientes.
¿Cuáles fueron las dádivas recibidas por Carlos S.?
Las dádivas recibidas por Carlos S. incluyen un Porsche Cayenne, el uso de un Porsche Panamera durante un año, dos relojes de lujo, un viaje a Londres, el pago de gastos para la grabación de un disco y cinco entregas de dinero en efectivo que suman 135.000 euros.
¿Qué otros delitos se le imputaban a Carlos S. y su coacusado?
A ambos acusados se les imputaban delitos continuados contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y prevaricación administrativa, pero fueron absueltos de estos cargos.
¿Qué atenuante fue considerada en la sentencia?
La Sala apreció la atenuante simple de dilaciones indebidas debido a la duración del procedimiento, aunque mantuvo la pena original de tres años de prisión.
¿Cuál es la postura del Tribunal respecto al delito de cohecho pasivo?
El Tribunal considera que el delito se consuma con la aceptación de la dádiva, independientemente de si se materializó o no un trato preferente como resultado.