La Audiencia Provincial de Cantabria ha dictado una sentencia que condena a un hombre a un año y ocho meses de prisión por haber estafado más de 7.000 euros a un anciano con quien había establecido una relación de amistad. Este caso, que se esperaba llevar a juicio hoy, se resolvió antes del inicio del mismo mediante un acuerdo entre las partes implicadas.
El condenado ha admitido ser el autor de un delito continuado de estafa. En el marco del acuerdo, ha consignado judicialmente 5.700 euros y ha devuelto el teléfono móvil que adquirió utilizando la tarjeta bancaria del anciano afectado.
Consideraciones judiciales
La sentencia ha tenido en cuenta la atenuante de reparación, dado que el acusado ha restituido parte del dinero defraudado y los bienes sustraídos. Además, se ha considerado una circunstancia atenuante relacionada con una alteración mental que afectó su capacidad en el momento en que se cometieron los hechos.
Este caso pone de relieve la importancia de la protección hacia los sectores más vulnerables de la sociedad, como son las personas mayores, quienes pueden ser víctimas de abusos por parte de aquellos en quienes confían.
La noticia en cifras
Cifra |
Descripción |
1 año y 8 meses |
Tiempo de prisión del condenado |
7.000 euros |
Total estafado al anciano |
5.700 euros |
Cantidad devuelta y consignada judicialmente |
Preguntas sobre la noticia
¿Qué delito cometió el hombre condenado?
El hombre fue condenado por estafar más de 7.000 euros a un anciano con el que había trabado amistad.
¿Cuál fue la pena impuesta?
La Audiencia Provincial de Cantabria le impuso una pena de un año y ocho meses de prisión.
¿Qué acuerdo se alcanzó antes del juicio?
Antes del inicio del juicio, las partes alcanzaron un acuerdo en el que el hombre se reconoció como autor del delito y devolvió parte del dinero estafado, así como un teléfono móvil adquirido con la tarjeta del anciano.
¿Cuánto dinero devolvió el condenado?
El condenado consignó judicialmente 5.700 euros y devolvió el teléfono móvil que compró con la tarjeta del anciano.
¿Se tuvieron en cuenta circunstancias atenuantes en la condena?
Sí, se tuvo en cuenta la circunstancia atenuante de reparación y otra de alteración mental que afectó su capacidad en el momento de los hechos.