La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ratificado la condena de 15 meses de prisión por un delito continuado de maltrato animal a un granjero que dejó morir a 170 ocas debido a la falta de cuidados y alimentación en su explotación ganadera ecológica, ubicada en Fuente Obejuna, Córdoba.
El tribunal ha desestimado el recurso de casación presentado por el condenado, quien apelaba contra la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Córdoba. Esta sentencia también incluyó una pena adicional de 3 años y 6 meses de inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión, oficio o comercio relacionado con los animales, así como para la tenencia de estos.
Detalles del caso
Los hechos probados revelan que el propietario de las ocas era el administrador único de una empresa dedicada al cebado en extensivo de este tipo de aves. La situación se tornó crítica cuando se constató que las ocas no recibieron los cuidados básicos necesarios, lo que llevó a su muerte por inanición.
Este caso pone de relieve la importancia del bienestar animal y las responsabilidades legales que tienen los propietarios sobre sus animales. La decisión del Tribunal Supremo refuerza el mensaje sobre la necesidad de proteger a los seres vivos y sancionar adecuadamente a quienes incumplen estas obligaciones.
Preguntas sobre la noticia
¿Qué condena ha confirmado el Tribunal Supremo?
El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de 15 meses de prisión por un delito continuado de maltrato animal a un granjero.
¿Cuántas ocas murieron por falta de cuidados?
Murieron 170 ocas debido a inanición y falta de cuidados en la explotación ganadera del granjero.
¿Dónde se encontraba la explotación ganadera?
La explotación ganadera estaba situada en Fuente Obejuna, Córdoba.
Además de la pena de prisión, ¿qué otra sanción recibió el granjero?
El granjero también fue condenado a 3 años y 6 meses de inhabilitación especial para ejercer profesiones relacionadas con los animales y para la tenencia de animales.
¿Qué recurso presentó el condenado?
El condenado presentó un recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba, que fue desestimado por el tribunal.