El Caso | Viernes 09 de octubre de 2020
La jueza considera al acusado autor de un delito leve de homicidio por imprudencia menos grave por la muerte de una de las jóvenes de 17 años, cuya familia fue la única que denunció los hechos.
El Juzgado de Instrucción número 5 de Vigo ha condenado al pago de una multa de 2.250 euros al conductor del vehículo accidentado en la AP-9 el 29 de mayo de 2019. En el siniestro fallecieron tres jóvenes y otros dos sobrevivieron, entre ellos el conductor. La jueza considera al acusado autor de un delito leve de homicidio por imprudencia menos grave por la muerte de una de las jóvenes de 17 años, cuya familia fue la única que denunció los hechos. Además de la multa, le ha impuesto la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 15 meses.
La jueza señala en el fallo que la causa del siniestro fue “la realización, por parte del denunciado, de una maniobra evasiva errónea motivada por una pérdida de control del vehículo, debido a la velocidad excesiva a la que transitaba, a 138 kilómetros por hora, en una vía cuya velocidad máxima se encontraba limitada a 100 kilómetros”. A ello, según la magistrada, se unió la “inexperiencia y falta de pericia del conductor a la hora de afrontar la maniobra”, pues había obtenido el permiso de conducir el 11 de abril de 2019, un mes y unos días antes del siniestro.
La titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Vigo indica, en respuesta a las alegaciones de la defensa, que “en nada minora” la responsabilidad penal del acusado el hecho de que cedieran las biondas metálicas de protección lateral de la autopista. Así, destaca que la “conducta imprudente, penalmente relevante,” ya había tenido lugar antes de la colisión, por lo que considera que sin ella “no se hubiera producido el siniestro”.
La jueza explica que solo cabe la condena por la muerte de una de las jóvenes, puesto que los familiares de los otros dos fallecidos y el joven lesionado no llegaron a formular denuncia.
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