El gerente de una empresa bodeguera ha sido condenado por la Audiencia Provincial de La Rioja a tres meses de prisión por falsedad en documento mercantil y estafa agravada. Además, se le impone una multa de 540 euros y el pago de costas procesales. La sentencia detalla cómo el acusado aumentó injustificadamente el sueldo del consejero delegado en un 44% y un 59%, a pesar de que la empresa había registrado pérdidas significativas. La pena es firme y no admite recurso. Para más información, visita el enlace.
La Audiencia Provincial de La Rioja ha dictado sentencia contra el gerente de una empresa bodeguera, quien ha sido condenado a tres meses de prisión por un delito de falsedad en documento mercantil y estafa agravada. Además, se le impone una multa de 540 euros y la obligación de cubrir las costas procesales. En este caso, el tribunal ha absuelto al otro acusado, que ocupaba el cargo de consejero delegado en la misma empresa.
Según los detalles expuestos en la sentencia, el condenado, identificado como Juan Manuel, era miembro del Consejo de Administración y desempeñaba funciones como gerente. En enero de 2012, sin informar al resto del consejo, aumentó injustificadamente el sueldo de Serafín, el consejero delegado, en un 44%, seguido por otro incremento del 59% al mes siguiente. Este aumento salarial se produjo a pesar de que la empresa había reportado pérdidas significativas de 105.000 euros durante el año anterior.
El fallo judicial también señala que Juan Manuel presentó un reconocimiento de deuda con fecha del 31 de diciembre de 2012. Este documento, que llevaba el membrete oficial de la bodega y la firma del consejero delegado Serafín, incluía gratificaciones anuales por un total de 175.120 euros y otros 36.000 euros correspondientes a acciones pendientes, las cuales no estaban justificadas en los libros contables.
A pesar de las acusaciones, Serafín no participó ni obtuvo beneficio alguno en estas irregularidades. Los magistrados han determinado que Juan Manuel es penalmente responsable debido a su actuación directa y voluntaria en los hechos denunciados.
Finalmente, el tribunal ha establecido que la pena privativa de libertad se ejecutará durante dos años bajo la condición de que el condenado no cometa ningún nuevo delito y cumpla con el pago total de una multa ascendente a 2.160 euros.
La resolución es definitiva y no admite recurso alguno.
Cifra | Descripción |
---|---|
3 meses | Pena de prisión impuesta al gerente |
540 euros | Multa impuesta al gerente |
105.000 euros | Pérdidas de la mercantil en 2011 |
44% | Aumento del sueldo a Serafín en enero de 2012 (primer aumento) |
59% | Aumento del sueldo a Serafín en febrero de 2012 (segundo aumento) |
175.120 euros | Gratificaciones anuales reconocidas en el documento falsificado |
36.000 euros | Acciones pendientes reconocidas en el documento falsificado |
2.160 euros | Multa a cambio de no cumplir pena de prisión durante dos años |
El gerente de una empresa bodeguera, identificado como Juan Manuel, fue condenado por falsedad en documento mercantil y estafa agravada.
La Audiencia Provincial de La Rioja le impuso tres meses de prisión, una multa de 540 euros y el pago de las costas procesales.
Se mencionan las circunstancias atenuantes de reparación del daño.
Aumentó injustificadamente el sueldo del consejero delegado en un 44% y luego en un 59%, a pesar de que la empresa había tenido pérdidas significativas. También presentó un reconocimiento de deuda no justificada en los libros contables.
El otro acusado, Serafín, consejero delegado de la misma mercantil, fue absuelto de los hechos y no tuvo participación ni beneficio económico alguno.
Sí, la sentencia es firme y contra ella no cabe recurso.