Un hombre ha sido condenado a una multa de 5.670 euros por tocar el culo a dos mujeres en un bar de Pamplona. La sentencia del Juzgado de lo Penal nº 4 establece que los actos constituyen dos delitos de agresión sexual, aunque se han considerado atenuantes como la reparación del daño y la embriaguez del acusado. Además, deberá indemnizar a una de las víctimas con 1.000 euros y a la otra con 800 euros. Los hechos ocurrieron en la madrugada del 24 de marzo de 2024.
El Juzgado de lo Penal nº 4 de Pamplona ha dictado una sentencia que condena a un individuo a pagar una multa de 5.670 euros tras haber agredido sexualmente a dos mujeres en un bar de la ciudad. La resolución judicial establece que los actos cometidos constituyen dos delitos de agresión sexual, con atenuantes por reparación del daño y embriaguez.
Además de la multa, el condenado deberá indemnizar a una de las víctimas con 1.000 euros y a la otra con 800 euros. Los hechos ocurrieron a las 2:30 horas del 24 de marzo de 2024, cuando el acusado, actuando “con ánimo libidinoso”, se acercó por detrás a ambas mujeres y, sin su consentimiento, tocó el glúteo de una de ellas.
La sentencia, que puede ser apelada ante la Audiencia Provincial, resalta la gravedad de los actos perpetrados en un espacio público donde las víctimas deberían sentirse seguras. Este caso pone de manifiesto la necesidad de abordar con firmeza las agresiones sexuales y proteger los derechos de las personas afectadas.
A medida que avanza el proceso legal, se espera que esta condena sirva como un precedente para futuros casos similares en la región, reforzando así el compromiso del sistema judicial con la justicia y la protección de las víctimas.
Cifra | Descripción |
---|---|
5.670 | Multa total impuesta al acusado |
1.000 | Indemnización a una de las víctimas |
800 | Indemnización a la otra víctima |
2 | Número de mujeres agredidas |
Un hombre fue condenado por tocar el culo a dos mujeres en un bar de Pamplona, lo que constituyó dos delitos de agresión sexual.
El acusado fue condenado a una multa total de 5.670 euros y deberá indemnizar a las víctimas con 1.000 euros y 800 euros respectivamente.
Los hechos ocurrieron alrededor de las 2:30 horas del 24 de marzo de 2024.
Se consideraron las atenuantes de reparación del daño y embriaguez.
Sí, la sentencia puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial.