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17 años de prisión por abusar de las hijas menores de su pareja
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17 años de prisión por abusar de las hijas menores de su pareja

miércoles 02 de diciembre de 2020, 19:44h

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El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena de 17 años de prisión impuesta por la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra a un vecino de Pamplona que abusó sexualmente de dos hijas menores de su pareja sentimental.

El pasado mayo, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial impuso al acusado, natural de Bolivia, 12 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con acceso carnal a una menor de 16 años y 5 años más por otro delito de abuso sexual también a una menor de 16 años, en este supuesto sin acceso carnal pero con prevalimiento.

Además, los magistrados fijaron sendas indemnizaciones de 30.000 y 10.000 euros por el daño moral causado para las dos víctimas, a las que el encausado no podrá acercarse ni comunicarse con ellas durante 22 y 10 años, respectivamente.

En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJN da por admitidos los hechos probados en la primera resolución. El procesado convivía con su pareja, de la misma nacionalidad, con los cuatro hijos —dos niños y dos niñas— de esta, así como con uno más que tuvieron en común.

Todos formaron una unidad familiar en la que el inculpado ejercía respecto de las hijas menores las funciones de padre, sobre todos cuando la madre trabajaba por las tardes y las mañanas de los sábados.

En el año 2017, cuando la madre se fue de viaje a Bolivia, el padrastro abusó sexualmente por vía vaginal de forma continuada —“unas cinco veces”, la última alrededor de abril de 2019— de la niña que entonces tenía 14 años.

Paralelamente, en 2018, comenzó a acercarse a su hermana pequeña, que entonces tenía 12 años, a la que realizó tocamientos en varias ocasiones.

Como consecuencia de estos hechos, la hermana mayor padece sintomatología ansioso depresiva, problemas de conducta alimentaria y “riesgo de autolesión”. Su hermana pequeña, por su parte, presenta malestar emocional con sentimientos de tristeza y culpabilidad, nerviosismo y tensión, baja autoestima sufrimiento.

Tras la denuncia, presentada el 4 de septiembre de 2019, ambas se encuentran en acogimiento en un centro de menores ya que no querían “volver a casa”.

Alto nivel de sinceridad de las niñas

La defensa recurrió la condena ante el TSJN, mientras que el Ministerio Fiscal, única parte que en este procedimiento ha ejercido la acusación, solicitó la confirmación de la sentencia.

Los magistrados del TSJN consideran que no hay motivos espurios en las denuncias interpuestas por las menores, quienes con anterioridad a los abusos tenían una buena relación con el acusado.

Las niñas, en cambio, con quien tenían mala relación era con su propia madre y, de hecho, según consta en la sentencia, hay abierta una causa contra ella por malos tratos contra las menores.

El Tribunal destaca asimismo que la credibilidad de las menores viene corroborada por los informes periciales y técnicos aportados durante el procedimiento y ratificados en el juicio.

Los peritos, una psicóloga y un médico forense, coincidieron en resaltar que la hija mayor no solo “no exagera”, sino que tiene “un alto nivel de sinceridad”, “siendo una situación más estresante la de los abusos que la de los malos tratos”. De igual forma califican de “altamente creíble” el relato de la hermana menor.

“Las dos tenían mucho miedo a la madre. No es posible desligar la sintomatología entre abusos y maltrato”, corroboraron los peritos, para quienes no había ganancia secundaria con la denuncia.

Otra psicóloga describió el “asco y miedo” que la niña mayor sentía por el procesado y reveló que la pequeña le dijo que no se atrevía a contarle los tocamientos a su madre porque no la iba a creer, ya que siempre creía a su padrastro.

A mayor abundamiento, dos doctoras del Servicio de Valoración y Tratamiento de Menores y Familia del Gobierno de Navarra señalaron respecto de la hermana mayor que fue “víctima de maltrato físico y emocional severo por parte de su madre y de abusos sexuales por parte de su padrastro. El maltrato de ambos es de carácter crónico (a lo largo de dos años) y se inicia desde el momento en que se produce el reagrupamiento familiar con su madre, sus hermanos y su padrastro”.

Sobre la hermana menor, estas doctoras también atestiguaron que fue “víctima de maltrato físico y emocional severo por parte de su madre y de abusos sexuales por parte de su padrastro”.

El procesado, que manifestó en el juicio que continuaba con la relación sentimental con la madre de las denunciantes, negó sistemáticamente todos los hechos. Con anterioridad, se había negado a declarar tanto ante la Guardia Civil como en el juzgado de instrucción.

La Sala, en definitiva, considera que la Audiencia valoró todas las pruebas con los criterios de “lógica, ciencia y experiencia exigibles”, de modo que la condena está suficientemente justificada.

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