Los hechos sucedieron sobre las cuatro y media de la madrugada, cuando ambos se encontraban en un pub de la plaza de Albatros, de la capital cacereña y el local estaba muy concurrido.
En ese contexto es cuando uno se dirigió al otro y le dijo que no le empujara, agarrándole del cuello a continuación, “con evidente ánimo de defenderse y de zafarse de él”, recoge los hechos probados, éste le golpeó en la cara.
Seguidamente, el hombre que había iniciado la situación golpeó al otro en la cara con el vaso que llevaba en la mano, causándole heridas en la cara que han dejado como secuelas dos cicatrices de 4 centímetros en la nariz y de un centímetro en la mejilla izquierda.
Por estos hechos ha sido condenado a dos años de prisión, junto con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por un delito de lesiones con instrumento peligroso.
Además, deberá abonar una indemnización de 10.000 euros en concepto de responsabilidad civil.
Al otro hombre le absuelve del delito leve de lesiones, ya que concurre la eximente de legítima defensa.
La sentencia es firme y contra ella no cabe recurso.