Los hechos ocurrieron entre 2014 y 2015 en el domicilio familiar, en una localidad de la provincia de Salamanca, cuando la madre, que fue la que denunció los hechos, se encontraba ausente.
La sentencia es fruto de un acuerdo entre la Fiscalía, que pedía inicialmente cinco años de cárcel, y el abogado del acusado. El padre reconoció los hechos, se declaró culpable y se benefició de una rebaja en la petición de condena, de forma que le han sido impuestos dos años de cárcel. El Tribunal aprecia la atenuante de dilaciones indebidas por los retrasos que sufrió la instrucción del procedimiento judicial, retrasos no imputables al encausado a quien se le priva de la patria potestad de la menor durante dos años y se le prohíbe acercarse a ella a menos de 100 metros durante tres años. Tendrá, además, que pagarle una indemnización de 1.000 euros.
A petición de su defensa, y de conformidad con el criterio del Ministerio Público, la Sala accede a suspender la pena de prisión, con la condición de que no delinca durante un periodo de tres años, respete los alejamientos acordados respecto de su hija y mantenga su tratamiento y no abandone la deshabituación al alcohol y drogas.