Hablamos de un delito de lesiones de menor gravedad, un delito continuado de agresión sexual y un delito de amenazas.
Su decisión se fundamenta en la existencia de indicios racionales, fundados y suficientes sobre los que se apoya la denuncia de la esposa. Al parecer, en numerosas ocasiones, la esposa fue agredida físicamente por negarse a mantener relaciones sexuales con él y amenazada con echarla de casa y traer a otra mujer que la sustituya.
El magistrado dicta además una orden de protección prohibiendo al marido cualquier tipo de comunicación y la prohibición de aproximarse a ella a una distancia inferior a los 200 metros. Junto a ello, otorga a la esposa la guarda y custodia del hijo menor de ambos y suspende cautelarmente para el marido el régimen de visitas y su derecho de comunicación con su hijo menor, quien ha presenciado en varias ocasiones los hechos ocurridos “pese a su corta edad” según expresa el instructor en el auto.
El hombre ingresó este jueves, tras dictarse los autos, en el centro Penitenciario de Teruel.