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El Supremo ratifica que la Audiencia Nacional juzgará el asesinato del sacristán en Algeciras como terrorismo
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El Supremo ratifica que la Audiencia Nacional juzgará el asesinato del sacristán en Algeciras como terrorismo

miércoles 11 de diciembre de 2024, 15:18h

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El Tribunal Supremo ha confirmado la competencia de la Audiencia Nacional para juzgar el asesinato de un sacristán en Algeciras, ocurrido el 25 de enero de 2023. La defensa del acusado, Yassin K., había solicitado que el caso se trasladara a los juzgados locales, argumentando que sus condiciones psíquicas impedían la intención terrorista. Sin embargo, el Tribunal desestimó esta solicitud, afirmando que la competencia judicial se basa en las acusaciones presentadas y que, al haberse abierto juicio oral por un delito de terrorismo, corresponde a la Audiencia Nacional juzgar el caso. Esta decisión refuerza el papel de la Audiencia Nacional en casos relacionados con terrorismo en España.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por la defensa de Yassin K., quien se encuentra detenido por el asesinato de un sacristán en Algeciras, ocurrido el 25 de enero de 2023. La decisión del alto tribunal respalda la postura de la Audiencia Nacional, que mantiene su competencia para juzgar este caso.

Yassin K. enfrenta una acusación por terrorismo, conforme al artículo 573.1 del Código Penal. A lo largo del proceso, ha solicitado en diversas ocasiones a la Audiencia Nacional que se declinara su jurisdicción a favor de los tribunales locales de Algeciras, argumentando que sus condiciones psíquicas impedirían que se considerara que actuó con finalidad terrorista.

Argumentos sobre la competencia judicial

En su fallo, la Sala coincide con el criterio unánime expresado por la Fiscalía y las acusaciones particulares y populares, subrayando que la determinación de la competencia judicial requiere conocer el delito que se investiga y valorar si dicha acusación ha superado el umbral para abrir juicio oral.

La sentencia aclara que “la competencia no está definida por los hechos ocurridos (los cuales solo serán oficialmente establecidos con una sentencia definitiva), sino por las pretensiones formuladas por las acusaciones”. Esto implica que si se presenta una acusación por terrorismo y esta ha sido admitida para juicio oral, corresponde a la Audiencia Nacional llevar a cabo el proceso judicial. “Solo ella puede condenar o absolver en relación a este tipo penal”, añade el fallo.

Además, el Tribunal advierte que transferir el caso a otro tribunal significaría tomar una decisión anticipada sobre cuestiones que solo deberían resolverse tras las pruebas presentadas durante el juicio. Por lo tanto, concluye que ante la existencia de acusaciones por terrorismo y con el juicio oral ya abierto, es prerrogativa de la Audiencia Nacional juzgar los hechos.

Preguntas sobre la noticia

¿Qué ha decidido el Tribunal Supremo respecto al caso del asesinato del sacristán en Algeciras?

El Tribunal Supremo ha confirmado la competencia de la Audiencia Nacional para juzgar el asesinato de un sacristán en Algeciras, rechazando el recurso de casación presentado por la defensa del acusado, Yassin K.

¿Cuál es el argumento de la defensa sobre la competencia judicial?

La defensa argumentó que las circunstancias psíquicas del acusado imposibilitaban la concurrencia de la finalidad terrorista y solicitó que el caso se juzgara en los juzgados de Algeciras en lugar de en la Audiencia Nacional.

¿Qué criterios utilizó el Tribunal Supremo para determinar la competencia?

El Tribunal Supremo explicó que la competencia se determina por las pretensiones ejercidas por las acusaciones y no por los hechos ocurridos. Dado que se acusó a Yassin K. de un delito de terrorismo y esta acusación pasó el filtro de apertura de juicio oral, corresponde a la Audiencia Nacional juzgar los hechos.

¿Qué implicaciones tiene esta decisión sobre el juicio?

La decisión implica que solo la Audiencia Nacional puede condenar o absolver por el delito de terrorismo, y cualquier cambio en la competencia debería esperar hasta después del juicio oral y la práctica de pruebas.

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