La Audiencia Nacional impone una condena de nueve años a un guía turístico por agresiones sexuales
La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia que condena a un guía turístico de Sevilla a nueve años de prisión por agredir sexualmente a tres estudiantes americanas durante viajes organizados en el extranjero. Los incidentes ocurrieron en Marruecos en 2013 y en Portugal en 2017, según los detalles proporcionados por la corte.
El tribunal, perteneciente a la Sección Primera de la Sala Penal, ha determinado que Manuel, el acusado, deberá cumplir seis años de cárcel por un delito de agresión sexual tipificado en el artículo 179 del Código Penal, además de dos penas adicionales de un año y medio cada una por otros dos delitos similares. La sentencia considera la atenuante de dilaciones indebidas en este caso.
Hechos probados y testimonios impactantes
Los magistrados han establecido que entre noviembre de 2013 y mayo de 2017, Manuel era responsable de la agencia Discover Excursion, dedicada a organizar viajes para estudiantes extranjeras. Durante uno de estos viajes a Marruecos, el acusado agredió sexualmente a una estudiante en su habitación del hotel. La víctima no denunció el incidente hasta 2018, tras compartir su experiencia en unas jornadas universitarias en Florida.
Posteriormente, otras dos estudiantes también denunciaron agresiones sufridas durante un viaje a Portugal organizado por la misma agencia. Las víctimas informaron sobre los hechos inmediatamente al regresar a España.
Contexto y credibilidad del testimonio
El tribunal ha subrayado la vulnerabilidad de la primera víctima, quien tenía solo 19 años y se encontraba en un país desconocido sin dominar el idioma ni las costumbres locales. La joven había confiado en Manuel, quien se presentaba como una persona amable y protectora. En su análisis del testimonio, los magistrados han calificado las declaraciones como veraces y creíbles, rechazando cualquier insinuación de que la denuncia pudiera estar motivada por resentimiento o enemistad.
A pesar del tiempo transcurrido antes de presentar la denuncia —cinco años—, la Audiencia ha señalado que esto no disminuye la credibilidad del relato. La víctima explicó que solo pudo procesar lo sucedido tras conocer a otras mujeres que habían vivido experiencias similares con el mismo agresor.
Padrón repetitivo en las agresiones
La sentencia también resalta un patrón común entre las víctimas: todas eran estudiantes norteamericanas que viajaban bajo la supervisión del acusado. Este se ganaba su confianza mediante actitudes amables y seguras, pero las agresiones ocurrían al final del viaje, cuando las víctimas tenían menos posibilidades de reaccionar adecuadamente.
Finalmente, el tribunal ha ordenado al condenado indemnizar con 40.000 euros a la víctima agredida en Marruecos y con 1.500 euros a cada una de las otras dos afectadas. Aunque se reconoce que es difícil cuantificar el daño moral causado, se busca valorar el perjuicio sufrido por cada víctima dentro del contexto particular de sus experiencias.
La noticia en cifras
Cifra |
Descripción |
9 años |
Pena de cárcel impuesta al guía turístico. |
6 años |
Pena por un delito de agresión sexual (artículo 179). |
1.500 euros |
Indemnización a cada una de las dos víctimas de Portugal. |
40.000 euros |
Indemnización a la víctima de Marruecos. |
Preguntas sobre la noticia
¿Qué condena recibió el guía turístico?
La Audiencia Nacional condenó al guía turístico a nueve años de cárcel por agredir sexualmente a tres estudiantes americanas durante viajes a Marruecos y Portugal.
¿Cuándo ocurrieron las agresiones?
Las agresiones ocurrieron en noviembre de 2013 en Marruecos y en mayo de 2017 en Portugal.
¿Cómo se conocieron las agresiones?
Una de las víctimas relató los hechos años más tarde, en 2018, durante unas jornadas en la Universidad de Florida, lo que llevó a otras estudiantes a denunciar al mismo agresor.
¿Qué justificación dio la Audiencia para considerar creíble el testimonio de la víctima?
La Audiencia consideró el testimonio veraz y creíble, señalando que no había motivos para que la víctima denunciara por enemistad o resentimiento y que su tardanza en denunciar no restaba credibilidad a su relato.
¿Qué patrón se identificó en las agresiones?
Se identificó un patrón "idéntico" donde el acusado se ganaba la confianza de estudiantes norteamericanas antes de cometer las agresiones, normalmente en el último día del viaje.
¿Cuál fue la indemnización ordenada por la sentencia?
El condenado debe indemnizar con 40.000 euros a la víctima de Marruecos y con 1.500 euros a cada una de las otras dos víctimas.