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Asesinó a un hombre en Sevilla y prendió fuego a su cadáver
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Asesinó a un hombre en Sevilla y prendió fuego a su cadáver

miércoles 20 de junio de 2018, 15:04h

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Ha sido el jurado popular el que ha terminado con casi dos años de incertidumbre: ha declarado culpable por unanimidad de un delito de asesinato y otro de incendio a M.E.G.L., acusada de matar en septiembre de 2016 a un varón, que responde a las iniciales de A.J.M.G., en un inmueble de la ciudad de Sevilla.

Esta semana se ha dado a conocer el esperado veredicto del jurado en la Audiencia Provincial de Sevilla, que ha juzgado durante estos días a M.E.G.L., quien en su declaración este lunes reconoció los hechos y manifestó estar "muy arrepentida" de lo ocurrido.

El jurado ha considerado probado por unanimidad todos los hechos analizados en el objeto del veredicto, culpando a M.E.G.L. de matar a A.J.M.G. "consciente e intencionadamente". Igualmente, los miembros concluyen que la acusada mató al varón sin darle opción a defenderse, causándole numerosas heridas previas a la muerte para aumentar "inhumanamente" el dolor de la víctima.

Asimismo, el jurado ha considerado a la acusada culpable de provocar el incendio del inmueble en el que mató al varón para que no fuera descubierto su cadáver, si bien señalan que el incendio presentaba "peligro de menor entidad" para las personas que habitaban en inmuebles colindantes.

Sobre la posibilidad de la suspensión de la pena o la petición de indulto, el jurado, por unanimidad, no aconseja suspender la pena privativa de libertad que se imponga a la acusada ni proponer al Gobierno el indulto parcial o total de la pena, dadas las circunstancias de la culpable y el caso.

Tras la lectura del veredicto, el fiscal Luis Martín, como ya anunciara durante su lectura del informe final y atendiendo a la decisión de los miembros del jurado popular, ha solicitado para M.E.G.L. la pena de doce años y seis meses de prisión por un delito de asesinato y dos años y seis meses de prisión por un delito de incendio.

Por su parte, la defensa, que inicialmente pidió su libre absolución alegando que su representada padece trastorno afectivo bipolar con síntomas psicóticos y un largo historial toxicológico, así como por haber consumido antes de cometer los hechos junto a la víctima, se ha adherido a la petición del fiscal, desistiendo de su solicitud de eximente completa, si bien ha insistido en que tenía la capacidad mental mermada para que lo considere el jurado como atenuante como así el consumo de sustancias tóxicas.

Igualmente, ha hecho hincapié en la colaboración de la acusada, en prisión provisional por estos hechos desde el 26 de septiembre de ese año y actualmente en el Psiquiátrico Penitenciario de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), desde la primera declaración en fase de investigación policial con el Cuerpo Nacional de Policía para esclarecer los hechos, algo que corroboró el jefe del Grupo de Homicidios de este cuerpo.

Durante la celebración del juicio, el médico forense Julio Guija, quien elaboró un informe mental sobre la acusada, explicó que la acusada sufre un trastorno disocial de la personalidad con consumo de sustancia tóxica, consumo que "sí puede afectar levemente a su voluntad". Aunque añadió que la acusada "recuerda todo lo que pasó y en orden cronológicamente". "Cognitivamente sabía lo hacía", insistió.

PROPUSO A LA VÍCTIMA "REALIZAR UN JUEGO"

Tal y como informa Europa Press, M.E.G.L., entre los días 21 y 23 de septiembre de 2016, coincidió con la víctima, con quien "mantenía ciertas desavenencias motivadas por el consumo de sustancias estupefacientes al que ambos eran adictos y que en ocasiones compartían". Tras una breve conversación, la acusada "convenció" al fallecido para que la acompañara a un local abandonado de la calle Candelaria de la capital hispalense "para consumir algún tipo de sustancia estupefaciente", donde la inculpada le propuso a la víctima -sentada en una silla- "realizar un juego" en el marco del cual la acusada le "maniató" brazos y piernas con un cable metálico y una cuerda, "impidiéndole cualquier movimiento".

En esta situación y "privado" el fallecido de "cualquier tipo de defensa", la acusada "decidió acabar con su vida, de forma que "colocó a la víctima una especie de mordaza en la boca, compuesta por varios trapos y con "la finalidad de aumentar innecesariamente el sufrimiento previo a la muerte", y "comenzó a golpearle con las manos y los puños" y con un cuchillo o similar le habría ocasionado siete heridas incisas, mientras que, valiéndose de un martillo y unos alicates, "comenzó a golpearle con gran violencia en el rostro", entre otras acciones. Como consecuencia de todo ello los padecimientos del varón "eran insoportables".

No obstante, la inculpada le introdujo en la boca varias pastillas de haloperidol, agua oxigenada, tinte para el pelo y betadine y con una jeringuilla que allí encontró le inyectó aire y haloperidol. Pese a todo, la víctima continuaba con vida, por lo que la mujer le propinó un "violento" empujón que hizo caer la silla y al propio varón y le pisó "con gran violencia" el cuello de éste. Como consecuencia de todas estas maniobras, el varón falleció instantes después.

En este sentido, la acusada declaró que todo lo que le inyectó o las pastillas que le suministró era para que "no sufriera". Seguidamente, la acusada ocultó el cuerpo en una habitación interior del local, pero "como quiera que el local era frecuentado por individuos drogadictos", la inculpada se trasladó nuevamente el día 25 al inmueble y prendió fuego al cadáver, propagándose las llamas "rápidamente" por todo el local y afectando tanto a éste como a una vivienda aledaña, que tuvo que ser desalojada.

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