Un Juzgado de A Coruña ha condenado a una mujer a un año de prisión por poseer un bolígrafo pistola y cartuchos aptos para disparar. La acusada, que admitió los hechos, fue considerada culpable de tenencia ilícita de armas prohibidas. La sentencia detalla que el 20 de octubre de 2023, la mujer transportaba en su vehículo un arma de fuego camuflada como un bolígrafo convencional, junto con tres cartuchos metálicos sin percutir. Este caso destaca la gravedad de la tenencia de armas ilegales en España.
El Juzgado de lo Penal de Badajoz ha condenado a un año y medio de prisión al acusado de homicidio imprudente por la muerte de un jardinero en la urbanización Las Vaguadas. La sentencia establece que el fallecimiento se produjo tras una pelea entre el acusado y la víctima, siendo el primer golpe determinante para desencadenar la parada cardiorrespiratoria. Además, el condenado deberá indemnizar a los familiares del jardinero.
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha dictado una sentencia que establece que el cambio de un contrato indefinido no fijo a un contrato fijo no genera derecho a indemnización para el trabajador. La Sala Social falló a favor de la Diputación General de Aragón, argumentando que, aunque la contratación temporal fue considerada abusiva, el trabajador pudo consolidar su empleo y que el cambio de contrato fue una decisión del propio trabajador al participar en un proceso selectivo. Esta decisión reafirma que la relación laboral no se extingue tras la superación del proceso.
Un Juzgado de A Coruña ha condenado a 18 meses de cárcel al dueño de una perra bóxer por abandonarla y dejarla morir de inanición. El magistrado consideró que el acusado cometió un delito de maltrato animal con resultado de muerte, tras comprobar que la perra fue dejada sin comida ni agua en una vivienda deshabitada. La sentencia destaca la crueldad del acto y la negligencia del propietario, quien no se presentó al juicio. Además, se le inhabilita durante cuatro años para ejercer cualquier actividad relacionada con animales. La sentencia aún puede ser apelada ante la Audiencia Provincial.
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de dos hombres a 6 meses de prisión y una multa de 1.080 euros por un delito contra la dignidad de las personas tras insultar a otro hombre en un bar de Madrid, llamándolo repetidamente "maricón". Además, los condenados recibirán 3 años y 6 meses de inhabilitación para ejercer profesiones educativas y deberán indemnizar a la víctima con 500 euros. La sentencia resalta que las expresiones utilizadas son ofensivas y constituyen homofobia, rechazando el recurso presentado por los acusados al considerar que sus actos humillan y discriminan a la víctima por su orientación sexual. El tribunal aclara que tales insultos no están protegidos por la libertad de expresión.
Un juzgado de A Coruña ha condenado a dos ganaderos de Melide a 17 meses de prisión por maltratar y dejar morir de inanición a 30 caballos. La sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 establece que los acusados mantuvieron a los animales en condiciones deplorables, sin alimentación ni agua, lo que resultó en la muerte de varios ejemplares. Las inspecciones del Seprona revelaron un estado de abandono extremo, con cadáveres visibles y falta de cuidados básicos. Además de la pena privativa de libertad, los ganaderos han sido inhabilitados para el cuidado de animales durante cuatro años. La Xunta se encargará de los caballos incautados.
Un hombre de 39 años ha sido condenado a 7 años y 9 meses de prisión por agredir y maltratar a su esposa y dos hijos en la comarca de Pamplona. La sentencia, emitida por la Audiencia de Navarra, detalla un patrón de violencia física y psicológica desde 2009, intensificándose desde el verano de 2022. El acusado deberá indemnizar a su esposa con 6.315 euros, a su hija con 18.000 euros y a su hijo con 6.000 euros. Los hechos incluyen una agresión grave en presencia de los niños, lo que llevó a la intervención familiar para solicitar ayuda. La resolución judicial considera múltiples delitos relacionados con el maltrato habitual y las amenazas, así como circunstancias atenuantes y agravantes en la conducta del condenado.
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Un Juzgado de Cambados ha condenado a dos propietarios de bares por piratear partidos de LALIGA, imponiéndoles multas y indemnizaciones. Las sentencias del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº4 reflejan un delito leve contra el mercado y consumidores, según el artículo 286.4 del Código Penal. Cada dueño deberá pagar una multa de 90 euros y compensaciones de 255,73 y 705,89 euros. Actualmente, hay alrededor de diez procedimientos abiertos en Cambados relacionados con denuncias de LALIGA por este tipo de infracciones.
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha ratificado la condena de 4 años y 3 meses de prisión para dos individuos interceptados con cocaína en Badajoz. La sentencia, que también incluye una multa de 49.000 euros, fue confirmada tras desestimar el recurso de apelación presentado por los acusados. Los detenidos fueron sorprendidos por la Policía Nacional mientras transportaban una mochila con cocaína en su vehículo, cuyo valor en el mercado ilegal podría haber alcanzado cifras significativas.
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha reducido la pena de prisión a un hombre de 33 años, condenado por violar a una menor de 13 años en Burlada, pasando de 13 años a 8 años y 6 meses. La decisión se basa en la consideración de que el condenado pudo razonablemente pensar que la víctima no era menor de 16 años, debido a las circunstancias del caso. Esta rebaja fue determinada por la Sala de lo Civil y Penal del TSJN, que coincidió con la valoración realizada por la Audiencia Provincial.
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha absuelto a un hombre condenado a 4 años y 6 meses de prisión por dar un botellazo en la cara a otra persona en agosto de 2022. La sentencia revoca una decisión anterior de la Audiencia Provincial, argumentando que no hay pruebas directas que vinculen al acusado con el delito. A pesar de las conjeturas presentadas, el tribunal destacó la falta de evidencia concluyente y lamentó no contar con un mejor acervo probatorio. Esta decisión puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 4 años y medio de prisión, 13 años de inhabilitación y una multa de 36.000 euros a Laura B., expresidenta del Parlament de Catalunya, por prevaricación y falsedad. La sentencia se debe a la adjudicación irregular de un contrato para desarrollar la web de la Institució de les Lletres Catalanes, valorado en 335.700 euros, a un conocido mediante 18 contratos menores. El tribunal rechazó la aplicación de la ley de Amnistía y desestimó los argumentos sobre la proporcionalidad de la pena, subrayando que su conducta se inscribe en un contexto de corrupción pública. La decisión del Supremo reafirma la importancia de la transparencia y el cumplimiento normativo en las contrataciones públicas.
Un turista ha sido condenado a cuatro años y dos meses de prisión por agredir sexualmente a su hijo menor en un apartamento de Valencia durante sus vacaciones. La Audiencia Provincial de Valencia dictó la sentencia por un delito de agresión sexual con agravante de parentesco, además de imponerle una indemnización de 5,000 euros al menor por daños morales. El tribunal consideró probados los hechos basándose en el testimonio del niño y corroboraciones de otros testigos. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la condena de tres años de prisión a una mujer que agredió a otra con un vaso de cristal en una discoteca. La Audiencia de Salamanca consideró que la acusada cometió un delito de lesiones, causando deformidad a la víctima, quien sufrió heridas que requirieron cirugía. Además, se le impuso una indemnización de 9.364,72 euros y la prohibición de acercarse a la perjudicada durante cinco años. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
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