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Sucesos

15/07/2021@17:39:50
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso ha confirmado la sentencia de la Audiencia Nacional que declaró la responsabilidad patrimonial del Estado por los perjuicios ocasionados a la viuda y a los dos hijos de José Couso por la omisión de protección diplomática tras el fallecimiento de dicho cámara de televisión durante la toma de Bagdad (Irak) el 8 de abril de 2003.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a 24 años y 3 meses de prisión a un hombre por el asesinato de otro y de la pareja de éste con una escopeta en el paraje rural ‘Rincón de la Guitarra’ de Caravaca de la Cruz (Murcia) en 2016.

Se trata de un hombre, el cual no sólo hacía fotografías íntimas a una hija menor de su pareja sin su consentimiento, sino que también instaló un “sofware malicioso” en el ordenador de la menor. Este “malware” permitió al investigado acceder de forma ilimitada a los archivos privados de la menor, a espiar las videoconferencias que realizaba con sus amigas y a activar la webcam cuando sabía que se estaba cambiando de ropa.

Un hombre de 43 años de edad ha sido detenido como presunto autor del asesinato de su pareja, de 36. Al parecer, la mujer había iniciado los trámites de separación.

Un jurado popular había apreciado en él una eximente incompleta de trastorno mental transitorio y una atenuante de disminución de los efectos del daño y en ella una agravante de parentesco.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a 30 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía y agravante de género al hombre que mató a su pareja sentimental el 2 de septiembre de 2018 en la vivienda que ambos compartían en la localidad de Borriol.

Finalmente, la Audiencia de Valencia condena a 50 años de prisión al hombre que asesinó a sus dos hijos menores de edad en Godella. La madre de los pequeños, coautora de los crímenes, ha sido absuelta por la enfermedad mental que padece, aunque la sentencia le impone una medida de internamiento en un centro psiquiátrico. La resolución, que puede ser recurrida en apelación, fija un total de 600.00 euros de indemnización a favor de los abuelos de las víctimas.

Concurren la agravante de parentesco y también la de género, ya que “el delito fue cometido por la superioridad que el acusado entendía que tenía sobre la víctima al ser esta una mujer”. El hombre grabó un video de la agresión, en el que se aprecia cómo trató a la víctima y las expresiones que vertió hacia ella, lo que demuestra “un plus de desprecio, de humillación”.

La Sección 26 de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Manuel M. A. como autor criminalmente responsable de los delitos de asesinato con la agravante de género, y profanación de cadáver, a veinticinco años y cinco meses de prisión por la muerte el 6 de octubre de 2017 de su pareja sentimental en la residencia de Alcalá de Henares que compartían en común, según estableció en su día el tribunal del jurado que siguió la vista oral del caso y que, por unanimidad, le consideró culpable.

Estas son las duras palabras que resumen el trágico desenlace de una noche que se suponía iba a ser para celebrar la Libertad sexual y de género. Todavía queda mucho por hacer y parece que, a pesar de los esfuerzos de aceptación, la homofobia y la discriminacion son preocupantes.

La magistrada señala en la sentencia que su actuación es “la plasmación de una situación de dominación y control de no aceptar que ella no quisiera seguir manteniendo la relación sentimental”.

La embarcación llegó a Órzola sobre las diez de la noche y encalló en las rocas de Costa Calmada, donde miembros de la Guardia Civil y Salvamento Marítimo lograron rescatar con vida a 41 personas de origen subsahariano y localizaron cuatro cuerpos sin vida.

La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a una pena de 17 años de prisión por un delito de asesinato y de tres años y medio por un delito de robo a un hombre que mató a martillazos a un amigo el 6 de julio de 2019 en la casa de la víctima, en Ontinyent.

La Audiencia de Castellón le impone una indemnización de 310.000 euros por los daños morales que sufrieron los familiares del fallecido. Un jurado popular le declaró culpable de homicidio por unanimidad.

La sentencia confirma el ensañamiento en la actuación del acusado, al destacar que los médicos forenses dictaminaron que se habían introducido padecimientos innecesarios durante la agonía que sufrió la víctima.